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Consejos para las parejas de hecho en tema impuestos

Las parejas de hecho tienen las mismas obligaciones fiscales que las parejas casadas, pero también existen algunas diferencias. En este post, la abogada María Olvido, especialista en derecho de familia, nos explica las principales implicaciones fiscales de las parejas de hecho y tema impuestos. 

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

En el IRPF, las parejas de hecho pueden optar por la tributación conjunta o individual. La tributación conjunta suele ser más beneficiosa para las parejas en las que uno de los miembros tiene ingresos elevados y el otro tiene ingresos más bajos.

Para optar por la tributación conjunta, los miembros de la pareja deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser mayores de 18 años.
  • No estar separados legalmente o de hecho.
  • No estar casados con otra persona.
  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

En el ISD, las parejas de hecho no están equiparadas a los cónyuges. Esto significa que, en caso de herencia o donación, los miembros de la pareja de hecho deberán tributar como herederos o donatarios extraños.

La cuantía del impuesto dependerá del grado de parentesco entre el fallecido o donante y el heredero o donatario. En general, los herederos o donatarios extraños tributan a un tipo impositivo más elevado que los herederos o donatarios por parentesco.

Impuesto sobre el Patrimonio (IP)

Otra cuestión interesante para las parejas de hecho en tema de impuestos es el Impuesto sobre Patrimonio. En el IP, las parejas de hecho no están equiparadas a los cónyuges. Esto significa que, en caso de declarar el patrimonio, los miembros de la pareja de hecho deberán declarar sus bienes y derechos por separado.

Consejos prácticos

Si tienes una pareja de hecho, es importante que consultes con un asesor fiscal para que te informe sobre las implicaciones fiscales de tu situación. Así que, si estás pensando en formalizar tu pareja de hecho, es importante que consideres las implicaciones fiscales de esta decisión.

No te quedes con dudas sobre las implicaciones fiscales de las parejas de hecho, puedes contactar con el despacho de abogados María Olvido, especialistas en derecho de familia.