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Parejas de hecho civiles: Derechos y Obligaciones

¿Estás pensando en constituir una pareja de hecho? ¿Quieres saber todo sobre las parejas de hecho civiles, cuáles son los derechos y obligaciones que conlleva esta unión? En este post, la abogada María Olvido, especialista en parejas de hecho, te explica todo lo que necesitas saber.

¿Qué son las parejas de hecho civiles?

Las parejas de hecho civiles son una unión estable de dos personas que conviven de manera pública, notoria y estable, con independencia de su sexo. En España, las parejas de hecho no tienen un reconocimiento legal uniforme, por lo que las condiciones y derechos que conllevan varían en función de la comunidad autónoma en la que se encuentren.

¿Cuáles son los requisitos para constituir una pareja de hecho?

Los requisitos para constituir una pareja de hecho varían en función de la comunidad autónoma en la que se encuentren. En general, se requieren los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad o emancipado.
  • No estar casado o unido en pareja de hecho con otra persona.
  • No estar incapacitado judicialmente.
  • Convivir de manera estable y notoria durante un periodo mínimo de tiempo, que suele ser de 1 año o 2 años, según la comunidad autónoma.

¿Cómo se constituyen las parejas de hecho civiles?

El procedimiento para constituir una pareja de hecho varía en función de la comunidad autónoma en la que se encuentren. En general, se puede constituir una pareja de hecho de dos maneras:

  • Registrándose en el Registro de Uniones de Hecho. Este es el procedimiento más habitual. Para ello, es necesario presentar una solicitud conjunta ante el registro de parejas de hecho de la comunidad autónoma correspondiente.
  • Firmando una escritura pública. Este procedimiento es menos habitual, pero puede ser útil en algunas comunidades autónomas, como Madrid.

¿Cuáles son los derechos de las parejas de hecho?

Los derechos de las parejas de hecho varían en función de la comunidad autónoma en la que se encuentren. En general, las parejas de hecho tienen los siguientes derechos:

  • Derecho a la asistencia sanitaria. Las parejas de hecho tienen derecho a recibir asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los matrimonios.
  • Derecho a la pensión de viudedad. En caso de fallecimiento de uno de los miembros de la pareja, el superviviente tiene derecho a recibir una pensión de viudedad.
  • Derecho a la pensión de orfandad. En caso de fallecimiento de ambos miembros de la pareja, los hijos menores de edad o con discapacidad tienen derecho a recibir una pensión de orfandad.
  • Derecho a la herencia. Las parejas de hecho tienen derecho a heredar las propiedades del miembro de la pareja que fallece.
  • Derecho a la vivienda. En caso de ruptura de la pareja, la pareja de hecho tiene derecho a permanecer en la vivienda familiar.

Principales obligaciones de las parejas de hecho civiles

Las obligaciones de las parejas de hecho varían en función de la comunidad autónoma en la que se encuentren. En general, las parejas de hecho tienen las siguientes obligaciones:

  • Obedecerse y respetarse mutuamente.
  • Ayudarse y socorrerse mutuamente.
  • Contribuir a las cargas familiares.
  • Mantener una convivencia pacífica y armoniosa.

¿Qué ocurre si la pareja de hecho se disuelve?

La disolución de la pareja de hecho se produce por fallecimiento de uno de los miembros de la pareja, por mutuo acuerdo o por sentencia judicial. En caso de disolución, la pareja de hecho debe liquidar su patrimonio común.

Si tienes alguna duda o necesitas asesoramiento sobre parejas de hecho, no dudes en ponerte en contacto con el despacho de abogados María Olvido. La abogada María Olvido tiene amplia experiencia en la materia y te ayudará a resolver cualquier problema que te pueda surgir.

Las parejas de hecho son una unión estable que conlleva una serie de derechos y obligaciones. Es importante conocer estos derechos y obligaciones para que las parejas de hecho puedan disfrutar de sus ventajas y evitar posibles problemas en caso de ruptura.