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El camino hacia el hogar compartido: Parejas de hecho y vivienda

La vivienda es una  cuestión de gran relevancia  para las parejas de hecho. Tanto si la pareja decide vivir en una vivienda alquilada como en una vivienda en propiedad, es importante que se informen sobre sus derechos y obligaciones legales. Para entrar en más detalle y estar al día en estas cuestiones, en este post, la abogada María Olvido, experta en derecho de familia, nos ofrece algunos consejos sobre parejas de hecho y vivienda. 

¿Alquilar o comprar?

La primera decisión que debe tomar una pareja de hecho es si va a alquilar o comprar una vivienda. Cada opción tiene sus ventajas y desventajas.

El alquiler es una opción más flexible y económica, pero ofrece menos seguridad jurídica. El contrato de alquiler puede terminar en cualquier momento, y el inquilino no tiene derecho a la propiedad de la vivienda.

La compra es una opción más segura, pero también más costosa. El comprador adquiere la propiedad de la vivienda, pero debe asumir los gastos de la hipoteca, el mantenimiento y las posibles reparaciones.

Régimen económico

Una vez que la pareja de hecho haya decidido si va a alquilar o comprar una vivienda, debe elegir un régimen económico. El régimen económico determina quién es el propietario de la vivienda y qué derechos tiene cada miembro de la pareja sobre ella.

Las parejas de hecho pueden elegir entre el régimen de separación de bienes, el régimen de participación en los bienes adquiridos durante la convivencia o el régimen de gananciales.

El régimen de separación de bienes es el régimen económico por defecto. En este régimen, cada miembro de la pareja es propietario de los bienes que adquiere durante la convivencia.

El régimen de participación en los bienes adquiridos durante la convivencia es un régimen mixto. En este régimen, los bienes adquiridos durante la convivencia se consideran bienes comunes, pero cada miembro de la pareja conserva la propiedad de los bienes que tenía antes de iniciar la convivencia.

El régimen de gananciales es el régimen económico más similar al matrimonio. En este régimen, todos los bienes adquiridos durante la convivencia se consideran bienes comunes, independientemente de quién los haya adquirido.

Parejas de hecho y vivienda, documentación necesaria

Es importante que la pareja de hecho firme una documentación que refleje sus acuerdos sobre la vivienda. Esta documentación puede ser un contrato de arrendamiento, un contrato de compraventa o un acuerdo de convivencia.

El contrato de arrendamiento es un documento obligatorio en caso de que la pareja de hecho decida alquilar una vivienda. Este contrato debe incluir los datos de las partes, la descripción de la vivienda, el precio del alquiler y las condiciones de la renta.

Otro documento necesario es el contrato de compraventa es un documento obligatorio en caso de que la pareja de hecho decida comprar una vivienda. Este contrato debe incluir los datos de las partes, la descripción de la vivienda, el precio de la vivienda y las condiciones del pago.

Como documentación opcional tenemos el acuerdo de convivencia, que puede ser útil para reflejar los acuerdos de la pareja de hecho sobre la vivienda. Este acuerdo puede incluir cuestiones como el régimen económico, el uso de la vivienda, los gastos de la vivienda y la liquidación de la vivienda en caso de separación.

Siguiendo estos consejos, las parejas de hecho pueden evitar problemas legales relacionados con la vivienda. Sin embargo, es importante recordar que es recomendable que la pareja de hecho consulte con un abogado especializado en derecho de familia para obtener asesoramiento personalizado.